REGISTRO ESPECIAL DE BUQUES Y EMPRESAS NAVIERAS DE CANARIAS (REBECA)

En primer lugar, el Registro REBECA (Registro especial de buques y empresas navieras de Canarias), tiene la finalidad de dar una mayor competitividad a las empresas navieras de España a través de una serie de incentivos.

Solicitud de inscripción dentro del registro especial canario

Para realizar la solicitud de inscripción dentro del registro especial canario por parte de las navieras interesadas, deben de darse una serie de requisitos, entre ellos los siguientes:

  • Establecimiento/Representación permanente de la naviera en
    territorio canario.
  • Aportar certificación de la inscripción en el registro mercantil con objeto social de explotación económica de buques con disponibilidad sobre la totalidad de dichos buques.
  • Se debe tener la propiedad o arrendamiento del buque cuya inscripción se solicita, o tener la posesión del buque por fletamento a casco desnudo o título que conlleve la gestión náutica y comercial del mismo.
  • El tamaño mínimo requerido es de 100 GT, y el buque debe tener propósito mercantil (quedan excluidos los buques de pesca), además deberá cumplir con los requisitos de seguridad exigidos por España y los convenios internacionales de los que forme parte.

En segundo lugar, una vez tratados los requisitos, se ponen de relieve algunos de los incentivos de carácter fiscal y social del citado registro especial de buques:

  • Ventajas establecidas por la Zona Especial Canaria.
  • Seguridad Social (bonificaciones del 90%).
  • Impuesto sobre sociedades (bonificaciones de hasta el 90%).
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (exención del 50% de los rendimientos del trabajo de los tripulantes sujetos al IRPF).
  • Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (exención de actos y contratos sobre dichos buques).

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    SERVICIOS DE GESTORÍA NÁUTICA

    • Gestión de seguros marítimos de toda índole: para embarcaciones de uso privado (lista 7ª) y con ánimo de lucro (chárter/comercial/lista 6ª)
    • Inspecciones de embarcaciones: periódicas, extraordinarias, adicionales e intermedias.
    • Liquidación y gestión tributaria marítima: IVA, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) y su eventual exención por motivos comerciales, Impuestos Periódicos, Impuestos autonómicos e Impuestos de Transmisiones Patrimoniales.